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2.3.2 El poder real en América: las Leyes Nuevas

Todos sabemos que Colón recibió apoyo de la reina Isabel para realizar su primer viaje de exploración. La leyenda cuenta que Isabel utilizó sus joyas para financiar el proyecto colombino. Sin embargo, el apoyo real fue más simbólico y político que material. Por lo tanto, el descubrimiento y la conquista de América se llevaron a cabo por españoles en calidad de particulares. A decir verdad, numerosos historiadores hablan de la "empresa americana" y los conquistadores son comparados con empresarios porque ellos mismos se costeaban el transporte, las armas (entre las que deben contarse los caballos) y la manutención. Por ello, el reparto de las riquezas americanas se hizo entre los conquistadores en función de sus aportaciones militares. En el caso novohispano, Cortés repartió los indios siguiendo ese mismo criterio. Así pues, los territorios americanos eran ganados en nombre del rey, pero las posesiones eran suyas sólo en la letra, pues en los hechos estaban en manos de los conquistadores. Para imponerse, el monarca debía llevar a cabo una tarea ardua, muy parecida a la de los Reyes Católicos en los comienzos de su reinado, implantando y desarrollando un aparato administrativo eficiente.

Al primer ayuntamiento erigido por Cortés, apenas desembarcado en Veracruz, siguió el establecimiento de las encomiendas tras el triunfo sobre los mexicas en 1521. Así, cuando en 1528 se estableció la primera Audiencia en la ciudad de México, las instituciones reales iban rezagadas. El primer virrey llegó a la Nueva España en 1535, casi 15 años después de la caída de Tenochtitlan.43 Más todavía, el primer gran esfuerzo de reorganización del Estado indiano tuvo lugar en 1542, con la expedición de las Leyes Nuevas,44 esto es, a 50 años de la llegada de Colón a suelo americano.

Los historiadores han puesto mucha atención en la parte humanitaria de las Leyes Nuevas, en la defensa que el rey hace de los indígenas. Sin embargo, una lectura más amplia revela que el monarca tenía la intención de implantar su poder en la colonia y, para ello, era necesario establecer instituciones eficientes de gobierno y de justicia, pero también era muy importante quitar el control de las poblaciones indígenas a los encomenderos. Entonces, con esa legislación se revela que más que intenciones humanitarias, el rey tenía un claro interés político.

Así pues, en las Leyes Nuevas es posible advertir cómo se planifican las instituciones de gobierno y de justicia atendiendo a la geografía americana. Para empezar, era necesario contar con una institución central establecida en la península, por ello se ratifica al Consejo de Indias, pero se le quitan numerosas facultades menores que sólo lo distraían45 y se le concede una tarea centralizadora para "entender en las cossas de la gouernación de aquellas partes". Por ello, el monarca recomendaba que los ministros del Consejo "algunas vezes platiquen y se ocupen en pensar y saber en qué cosas nos podemos justamente ser seruidos y aprouechados en las cosas de indias".46

En América, se establecían dos virreinatos, uno en el norte y otro en el sur. El del norte ya existía y era el de la Nueva España, pero en el sur se creaba el virreinato de Perú. Además se reorganizaba la geografía de las audiencias: se suprimía la de Panamá, se creaban las de Perú y de "los confines de Guatimala"47 y se ratificaba las existentes de Santo Domingo y México. Las audiencias se harían cargo de la administración de justicia, aunque también participarían en tareas de gobierno al lado de los virreyes y de los capitanes generales (allí donde los hubiera). Ese primer aparato de gobierno parecía suficiente en 1492, cuando la población española era muy reducida y estaba concentrada en pocos y muy nuevos centros urbanos.

Además de ese esfuerzo institucional, era necesario que la Corona asumiera el control de la población indígena, hasta entonces en manos de los conquistadores, por medio de las encomiendas.48 De lograr esta tarea, el rey reduciría el poder de los súbditos españoles y aumentaría el suyo propio. En adelante, se establecerían unos funcionarios reales, llamados corregidores y cuya tarea sería la administración del trabajo de la población indígena. Si los conquistadores necesitaban indios para trabajar las tierras, la ganadería, incluso para la minería, deberían solicitarlos a esos corregidores. Para arrebatar ese control a los encomenderos, el monarca tuvo que reconocer y argumentar la cruel explotación a que eran sujetos los indios y postular su defensa. Las Leyes Nuevas, entonces, abolían la esclavitud indígena; prohibían la posesión de encomiendas a instituciones y funcionarios reales, así como a cualquier institución religiosa, regular o secular; suprimían las encomiendas cuyos titulares fueran hallados culpables de trato injusto, cancelaban la sucesión por dos vidas y transferían las vacantes generadas por cualquiera de estas razones a la Corona.49

Por supuesto, esa legislación generó un gran descontento entre los conquistadores y encomenderos, quienes se organizaron para defenderse. La agitación fue tal que el virrey Antonio de Mendoza decidió recibir las leyes pero no las aplicó. En Perú, el virrey era el portador de esas leyes y, sin conocer el ambiente de descontento, decidió aplicarlas. La respuesta fue una revuelta que le costó la vida. Desde la ciudad de México partió una comisión encargada de negociar con el rey la derogación de esas leyes. Iban acompañados de los priores de las órdenes religiosas (que también habían sido afectados), y se cuenta que en el barco que transportaba a esa comisión iban unas 600 familias españolas de regreso a la metrópoli, desencantadas por las Leyes Nuevas. El proceso de negociación se llevó a cabo en Europa, pero también en América, mediante un proceso de negociación que permitió a la Corona consolidar su poder, sirviéndose para tal objetivo de diversas instituciones.


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