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4.1.3 Tráfico de órganos

El tráfico de órganos es un delito de carácter especial dentro de la teoría del derecho penal mexicano, en virtud de que, en lugar de encontrarse previsto en el Código Penal Federal, se encuentra en la Ley General de Salud, debido a la especialización de la materia. No obstante, algunas legislaciones locales prevén variedades en las conductas que engloba en general el delito de tráfico de órganos. En el ámbito internacional, el tráfico de órganos se contempla dentro del delito de trata de personas, previsto en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente en mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Dicho protocolo, en su artículo tercero, incluye como una variedad de la trata de personas la explotación de las mismas, término dentro del cual se engloba la extracción de órganos.

El tráfico de órganos consiste en diversas conductas previstas en la legislación y generalmente realizadas de forma clandestina, sin permiso de la Secretaría de Salud, como la extracción, el traslado, venta o compra de órganos, tejidos y sus componentes, de seres humanos vivos o cadáveres. Comprendemos por órgano a la entidad morfológica compuesta por la agrupación de tejidos diferentes que concurren al desempeño del mismo trabajo fisiológico. Asimismo, son reconocidos como órganos los tejidos o cualquier sustancia excretada o expedida por el cuerpo humano como resultante de procesos fisiológicos normales (la sangre, su plasma o cualquier componente de ella; los concentrados celulares; los derivados de la sangre; cadáveres de seres humanos, incluyendo los embriones y fetos; la placenta y los anexos de la piel).

El tráfico de órganos encuentra sus orígenes en el surgimiento de la medicina moderna del siglo XX, cuyo mayor éxito es el trasplante de órganos para alargar y mejorar la vida de cientos de miles de pacientes a nivel mundial. Sin embargo, este logro se ha visto disminuido por los numerosos informes sobre el tráfico con seres humanos que se utilizan para la extracción de órganos, y sobre pacientes de países ricos que viajan al extranjero para comprar los órganos de la gente con menos recursos.

En efecto, el tráfico de órganos es una realidad en Latinoamérica. Países como Argentina, Brasil, Honduras, México y Perú hacen este tipo de comercio con compradores alemanes, suizos e italianos, según un informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En Argentina, por ejemplo, hay denuncias de casos en donde se retiran córneas de pacientes a los que se les declaró muerte cerebral después de haber falsificado exploraciones cerebrales.

En 2004, la Organización Mundial de la Salud (OMS) hizo un llamado a los estados miembros para proteger a los grupos más pobres y vulnerables del turismo de trasplantes y la venta de tejidos y órganos, y para abordar el problema más amplio del tráfico internacional de tejidos y órganos humanos.

Para tratar los problemas relacionados con la venta de órganos, el turismo de trasplantes y el tráfico de los donantes ante la escasez mundial de órganos, se celebró en Estambul, del 30 de abril al 2 de mayo de 2008, una cumbre en la que se reunieron más de 150 representantes de organismos médicos y científicos de todo el mundo, oficiales de gobierno, científicos sociales y eticistas. De dicha cumbre se desprenden las siguientes medidas:

Cada país debe luchar, tanto para garantizar la aplicación de programas que prevengan la carencia de órganos como para ofrecer órganos que satisfagan las necesidades de trasplantes de sus residentes, a partir de donantes de su propia población o por medio de la cooperación regional.

El potencial terapéutico de la donación de órganos de personas fallecidas debería maximizarse, no sólo para los riñones sino también para otros órganos, según las necesidades de cada país.

Los programas educativos son útiles para hacer frente a las barreras, ideas falsas y desconfianza que actualmente impiden el desarrollo suficiente de la donación de órganos de personas fallecidas; todo ello para que los programas de trasplantes tengan éxito.

Es esencial que exista una infraestructura de sistema sanitario pertinente.

El cuidado de los donantes de órganos, incluido el de las víctimas del tráfico de órganos, la comercialización de trasplantes y el turismo de trasplantes es una responsabilidad fundamental de todas las jurisdicciones que hayan permitido este tipo de prácticas.

En relación con las medidas propuestas en la cumbre de Estambul, México ha suscrito diversos documentos internacionales para prevenir y sancionar el tráfico de órganos, así como para poner en marcha soluciones que permitan de forma legal la obtención de un mayor número de órganos vitales. Asimismo, este delito se persigue de forma oficiosa, después de que cualquier persona haya dado conocimiento a la Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Órganos, adscrita a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada de la Procuraduría General de la República. No obstante, según los datos proporcionados por la Secretaría de Salud, por medio de la Dirección de Informática y Procreación de Órganos y Tejidos, se sabe que no se ha podido comprobar fehacientemente la realización delictiva del tráfico de órganos.

En otros países, como Argentina, se han adoptado medidas más radicales, como la aprobación de la Ley de Donante Presunto que, para algunas organizaciones de derechos humanos, tiene características claramente violatorias de los derechos de la ciudadanía, ya que obligará a la población entera a donar sus órganos, salvo que se exprese lo contrario. El tratamiento de esta ley ocurre en el momento en que se cuestiona la escasez de políticas para enfrentar el tráfico de órganos en la Argentina.

Un informe del Seprin, publicado hace tres años, revela que en la venta clandestina de órganos en Argentina un riñón puede costar más de 102 mil euros, un hígado 150 mil, un pulmón 150 mil, una córnea 87 mil, una médula ósea 165 mil, un corazón 150 mil, un páncreas 144 mil, y las arterias hasta 10 mil euros. Esta conducta también ha sido frecuente en Filipinas, Hong Kong y China, donde los pobres venden un riñón por sólo mil dólares a personas procedentes principalmente de Japón. En menor grado, también existe el tráfico de órganos en muchos países del norte de África y, sobre todo, en Egipto, donde en la prensa aparecen con frecuencia anuncios de oferta de riñones por parte de personas económicamente desesperadas, lo que beneficia a ricos desesperados por seguir viviendo ("Subasta…", 2010).


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